Para aquellos usuarios en el sector de hidrocarburos y petrolíferos es importante saber que el pasado 30 de diciembre de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal 2025 (la “RMF”), misma que entró en vigor el 1 de enero de 2025, con el propósito de actualizar los lineamientos y trámites que se llevan a cabo con dicha autoridad fiscal.
A continuación, destacamos para nuestros clientes los puntos relevantes a considerar.
Se modifica la regla 2.6.1.2. donde se establece el listado de los sujetos obligados a llevar controles volumétricos de hidrocarburos (petróleo, gas natural, y sus condensados) y petrolíferos (gasolinas, diésel, turbosina, combustóleo, mezclados o no con otros componentes, así como gas licuado de petróleo y propano). Las personas físicas o morales obligados a presentar los reportes son:
a) Personas que cuenten con permisos de la Comisión Reguladora de Energía y/o de la Secretaría de Energía relacionados a la extracción, tratamiento, importación, almacenamiento, transporte y distribución de petrolíferos o hidrocarburos (obligación preexistente desde enero de 2022) sin importar el volumen de sus transacciones.
b) Usuarios que almacenen o utilicen petrolíferos o gas natural para usos propios o para autoconsumo y que cuenten con los siguientes consumos:
1. Consumo anual de gas natural superior a 5,000 Gigajoules (GJ) al año (obligación preexistente desde enero de 2023).
2. Un volumen igual o mayor a los 75,714 litros mensuales en promedio de Petrolíferos.
En el caso de encontrarse en alguno de estos supuestos, le será aplicable cumplir con el reporte de controles volumétricos al SAT de acuerdo con lo previsto en el artículo 28, fracción I, apartado B del Código Fiscal de la Federación, el capítulo 2.6 de la RMF y demás disposiciones aplicables.
Finalmente , en caso de incumplimiento las sanciones que podrían ser aplicables son las siguientes:
En caso de requerir apoyo para conocer si el requerimiento es aplicable a su empresa, ponemos a su disposición el contacto de nuestro socio Juan Ignacio López cuyo correo es jilopez@glzabogados.com.